Borja Thyssen y Blanca Cuesta se enfrentan a una posible pena de tres años de prisión

La Fiscalía pide para ellos prisión también tras, supuestamente, haber defraudado 336.417 euros del ejercicio 2010

Una de las parejas más reconocidas de la jet set española no quiso perderse la cita. Normal, tratándose de Borja Thyssen y celebrándose en el museo de su madre.

Gtres

1 de abril de 2019, 14:10

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Hoy hemos conocido que la decisión de la Fiscalía de solicitar pena de cárcel de tres años de prisión para Borja Thyssen y su mujer Blanca Cuesta por, supuestamente, haber defraudado a Hacienda 336.417 correspondientes al ejercicio fiscal del año 2010.

La Fiscalía no solo pide prisión, para ellos también solicitan una cuantiosa multa: a cada uno se le exige un millón de euros por un delito contra la hacienda pública. Según lo expuesto por la Fiscalía, en febrero del 2010 se produjo una transmisión de las participaciones sociales de Cas Capetó S.L, que contaba únicamente con Cuesta como administradora única. Tal y como subraya la Fiscalía, el único activo de esta sociedad era una casa en Ibiza, que ni tenía a personas trabajando en ella ni tenía actividad económica. Cuando se vendió la sociedad, se hizo por un precio de 9.700.000 euros, que fueron a parar a la cuenta de Borja. Ese mismo año, el matrimonio realizó de manera conjunta la declaración del IRPF, en donde se declaró una ganancia patrimonial de 2.206.527,50 euros por la venta de las participaciones de Cas Capetó S.l. cuando la ganancia real obtenida por los acusados habría ascendido a 3.792.564,92 euros. De este modo, la pareja habría “ocultado a la Hacienda Pública la cantidad de 1.586.037,39 euros”.

“La adquisición de la participaciones sociales de CAS CAPETÓ SL del modo descrito constituyó un negocio jurídico simulado, siendo el verdadero negocio querido por las partes la adquisición por Borja Thyssen-Bornemisza del 57% de la mercantil CAS CAPETÓ y por parte de Blanca Cuesta, el 43% restante. La interposición de la persona jurídica inactiva tenía como único objeto evitar la relación del verdadero sujeto pasivo con el hecho imponible”, detalla la Fiscalía, que considera que, al no tributar lo ganado lo hicieron “guiados por un ánimo de obtener un beneficio fiscal ilícito”. Por lo que a ellos corresponde ahora “imputarle la ganancia patrimonial obtenida de la venta de las participaciones de Cas Capetó SL”.

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