"Cuando llega el calor..." no solo es el inicio de uno de los estribillos más coreados del pop comercial para bailar en verano. Se trata del momento más esperado para la mayoría de trabajadores, que preparamos con mimo nuestras merecidas vacaciones, aunque en la cuenta atrás nos surgen una serie de preguntas.
Las empresas tratan de buscar la mejor herramienta o plataforma para que sea sencillo cuadrar los descansos prolongados en estas fechas, pero a veces surgen diferencias entre directivos y empleados para llegar a un acuerdo, se solapan las semanas o se presenta algún conflicto por descuadres de última hora. Hay quienes prefieren parar en junio o septiembre, aunque los meses principales para pulsar el botón de 'stop' son julio y agosto.
Viajar en pareja o planear una escapada con amigos con los que tener que coincidir hace que los más previsores las soliciten con mucha antelación y, aún así, a veces se llevan un "no" por respuesta, debido a diversos motivos. No todos están justificados y es que, en general, hay que buscar un consenso.
En la revista Lecturas hemos hablado en exclusiva con el abogado experto en derechos de los consumidores Jorge Mora, quien responde a muchas de las dudas que nos surgen desde su portal especializado 'Nosoloderecho.com'. Con él hemos abordado cuestiones relacionadas con nuestras vacaciones, los viajes ligados a una baja laboral y otros asuntos en los que se plantean consultas frecuentes.
Las vacaciones, acordadas entre empresa y trabajador
Le planteamos dos preguntas que se repite constantemente, sobre todo cuando se acerca el verano y organizamos nuestro tiempo de descanso estival: ¿Pueden obligarnos desde la empresa a solicitar las vacaciones en un determinado momento? ¿Pueden pedirnos que sean todas en agosto o en un mes determinado?
Jorge Mora responde a Lecturas de forma clara: "Las vacaciones deben acordarse entre trabajador y empresa. La empresa no puede imponer unilateralmente las fechas". El abogado acude al artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y recuerda que "establece que las vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre empresa y trabajador".
Apunta, no obstante, que también "es lícito que una empresa cierre por vacaciones (por ejemplo, en agosto) si lo justifica por razones organizativas". "Lo recomendable es que estas condiciones estén pactadas o publicadas en el calendario laboral", aconseja el experto para evitar que se puedan presentar algún conflicto en la solicitud que hagamos antes de cerrar las fechas finales.
Los viajes durante una baja laboral
Otra de las dudas que surgen a menudo es si es recomendable que viajemos durante una baja laboral. Si coincide, además, que estamos en esa situación en pleno verano, puede ocurrir que se nos acumulen las vacaciones y pensemos en posponer los desplazamientos, aunque a veces la causa de la interrupción de nuestras tareas no sea un impedimento para salir de la ciudad en la que vivimos.
Jorge Mora advierte que "aunque no está expresamente prohibido, viajar durante una baja puede generar sospechas y dar pie a sanciones si se entiende que afecta negativamente a la recuperación". En este sentido, como avanzábamos en la pregunta planteada, "el viaje debe ser coherente con la patología, y es aconsejable informar al médico de cabecera o al Instituto Nacional de Seguridad Social" para evitar esa posible investigación o caer en alguna infracción.
Continúa, por otro lado, con un ejemplo para que podamos tener más clara la respuesta: "Si estás de baja por ansiedad, un viaje podría ser terapéutico, pero si es por una fractura, no sería lógico desplazarte sin justificación. Si el viaje es coherente con la dolencia (por ejemplo, lo que decíamos de la ansiedad), puede aceptarse". El abogado añade dos recomendaciones importantes y consisten en "comunicarlo siempre al médico y guardar justificantes".
Preguntas frecuentes sobre los despidos
En 'Nosoloderecho.com' Jorge y su equipo responden a múltiples consultas relacionadas con los derechos de los consumidores y las reclamaciones bancarias, pero también reciben otras muchas vinculadas al terreno laboral y los despidos. Mora nos traslada algunas de las más repetidas entre quienes acuden a su despacho y portal web.
- ¿Me pueden despedir estando de baja? Sí, pero no por el hecho de estar de baja
- ¿Tengo derecho a indemnización? Sí, salvo despido disciplinario procedente
- ¿Cómo sé si es despido improcedente? Se analiza si la causa es real y está acreditada, mi consejo siempre es contactar con profesionales en todos estos casos.
- ¿Qué hago si no estoy de acuerdo con el despido? Firmar como “no conforme” y reclamar en 20 días hábiles.
El abogado también participa en el programa 'LaSexta Xplica' y ha encontrado en las redes sociales una buena plataforma para ayudarnos a resolver dudas que se convierten en un quebradero de cabeza. En muchas ocasiones, es sencillo despejarlas, pero más allá de la respuesta genérica hay casos concretos en los que pueden contestar estudiando esa casuística desde el espacio online especializado.