Los abogados de la familia de Carlos Parra han comparecido ante la Audiencia Provincial de Sevilla para presentar sus alegaciones a la petición de indulto solicitada por Ortega Cano.

Amparados en el plazo de cinco días para efectuar dichas alegaciones, condieran que "no debería concederse un indulto ni parcial ni total en un caso de homicidio imprudente en accidente de tráfico cuando concurre además la conducción temeraria y la ingesta de alcohol".

"No son razones suficientes para el perdón"

La familia de Carlos Parra solicita que se tenga en cuenta "la alarma social que ha generado este suceso y las reiteradas campañas de concienciación dirigidas a la opinión pública por parte de la Dirección General de Tráfico con el objeto de reducir el número de accidentes mortales y con heridos graves".

Respecto a las alusiones a la edad, la salud y la trayectoria profesional de Ortega Cano como base para que se le conceda el indulto, en sus alegaciones exponen que "no son razones suficientes para el perdón". Y van más alla, asegurando que, "como no se refiere a ninguna enfermedad terminal, será muy bien atendido el torero por los médicos de la prisión".

La familia de Carlos Parra quiere destacar que "la trayectoria del matador el día de autos podría definirse como negligente y desastrosa: estuvo en la celebración de su finca Yerbabuena recibiendo a los visitantes, recorrió un sinfín de tabernas tanto en Castilblanco como en Burguillos, y hasta el 112 fue alertado de que un conductor al volante de un Mercedes conducía poniendo en riesgo la vida y la integridad física de las personas. Se acercaba y alejaba del vehículo que le precedía, adelantaba cuando estaba prohibido, circulaba tranquilamente por el carril contrario, se paró en una cafetería y dejó el motor y luces encendidas de su auto, los camareros de dicho local lo vieron llegar y salir ebrio y uno de ellos le sirvió una copa de whisky; al igual que una señora que se encontraba fuera del establecimiento. Y antes de ocurrir el accidente también lo vio otro conductor adelantando en cambio de rasante a toda velocidad y estando prohibido".

"No muestra arrepentimiento alguno"

Finalmente, desean recordar "las consecuencias de los delitos cometidos por el solicitante del indulto: ha fallecido una persona joven y con esposa, dos hijos, madre y hermanos, que conducía prudentemente y observando todas las normas de circulación que le vinculaban", recordando que "Ortega Cano ha negado desde el primer momento que hubiera tomado alcohol, que fuese aficionado a la bebida, que condujese sobrepasando los límites de velocidad, que no sabía cómo había invadido el carril contrario, que los conductores que llamaron al 112 sólo querían aprovecharse de su fama, que los agentes de tráfico se equivocaron al calcular su velocidad, e incluso que él desconocía que su familia estuviese buscando para él un centro de rehabilitación por su adicción al alcohol. Sin embargo, condenado está por conducción temeraria, por conducir bajo los efectos del alcohol y por causar con su imprudencia una muerte".

Aunque, seguramente, lo que más le pueda doler a la familia es que el torero "no muestra arrepentimiento alguno", amén de considerar que la sentencia ha sido "muy blanda".